Más seguidores, ¿menos libertad?: el dilema de opinar cuando miles escuchan
Por: Mariana Vergara Llinás
En el marco del Paro Nacional, Daneidy Barrera Rojas, más conocida como "Epa Colombia", salió a las calles con un martillo y una pintura en spray. Con más de cinco millones de seguidores mirando desde sus pantallas, grafiteó el nombre del entonces presidente Iván Duque en las paredes de Bogotá y destruyó a martillazos los vidrios, los torniquetes y el punto de pago de una estación de TransMilenio. Era su forma de manifestar inconformidad con el aumento de la pobreza y las políticas económicas del gobierno. Lo que no calculó fue el peso que tendría ese video, tras el cual el Estado le prohibió el uso de sus redes sociales. Episodios como este obligan a hacerse una pregunta: ¿La libertad de expresión política es igual para todos, o el número de seguidores cambia las reglas del juego?
El artículo 20 de la Constitución política de Colombia garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, afirmando que no habrá censura por parte del Estado. Cuando se promulgó este derecho en 1991 no existía Instagram ni Tik Tok, sin embargo, este sigue vigente y cobija también las interacciones de los colombianos en redes sociales. Ahora bien, ¿lo hace en igualdad de condiciones para todos? o ¿existen condiciones diferentes para las figuras públicas que comparten sus ideas, posturas y opiniones de forma masiva?

[Barrera fue hallada culpable de instigación a delinquir con fines terroristas y otros delitos] Fotos: Captura de video / Publicaciones Semana
Algunos usuarios consideran que si un contenido es publicado desde el perfil de una persona que se representa a sí misma no debería existir una regulación de lo que puede o no publicar. No obstante, la misma lógica no se suele atribuir a los medios de comunicación “tradicionales”. En este último caso, las audiencias, como es frecuentemente expresado en comentarios de redes sociales, suelen exigir una mayor objetividad y veracidad en la información compartida así como un manejo más ético de esta. En el actual panorama social, donde el alcance mediático de una celebridad, un deportista, un activista o un influenciador, en redes, puede llegar a superar significativamente el de por ejemplo, un periódico ¿No tendría sentido medir a estas figuras públicas con la misma vara que a los medios convencionales? ¿No tendría sentido exigirles que cumplan con estándares de responsabilidad social? Para algunos, sería obvio que sí, para otros, hacerlo podría implicar violentar la libre expresión de personas naturales.
En el contexto de la política, enfrentarse a la pregunta de si toda opinión es válida, exigiría un profundo análisis multidimensional, en torno al cual difícilmente se llegaría a un consenso universal. Sería quizás más factible cuestionar si toda opinión, postura o idea, para ser difundida a gran escala, debe basarse en información verídica; aquí estaríamos entrando a un terreno menos subjetivo puesto que la misma constitución plantea que toda persona tiene el derecho de recibir información veraz e imparcial. Por tanto, sería razonable esperar que, aunque una gran parte de figuras públicas que comparten contenido político en internet no son periodistas, deban tener responsabilidad similar si informan a grandes audiencias. Aunque el Estado no podría censurar a una figura pública por su opinión, cosa que las plataformas como Instagram y Tik Tok sí pueden según sus reglamentos internos (regulación privada), sí podría sancionarla en caso de que lo que comunique pueda llegar a generar alguna alteración al orden público.
Para la abogada y experta en derecho del consumidor, Maria Andrea Visbal es más factible que una figura pública con gran audiencia en redes sociales vea repercusiones legales por el uso de estas en contraste con la ciudadana común, debido a que tiene la posibilidad de notoriamente afectar a un mayor número de individuos.
“Por ejemplo, hay un delito de pánico económico también y el hecho de tener una plataforma como la que puede tener un influencer puede hacer que cometan ese delito con mayor facilidad” — Maria Andrea Visbal, Abogada experta
Los riesgos no solo existen para quien publica el contenido sino también para las audiencias que lo consumen. Una figura pública que desinforme podría estar vulnerando los derechos de quien lo ve al otro lado de la pantalla. Juan David Name, politólogo de la Universidad de Texas en Austin, advierte que la difusión de mensajes políticos en redes sociales puede incrementar la polarización de esta, creando “burbujas” en las cuales las personas empiezan a creer que sus opiniones son normales y que la otra posición es absurda o minoritaria.
“Muchas veces la gente comparte o comenta sin haber entendido muy bien el tema. Esto incita la polarización. Y aquí es donde también entran los llamados echo chambers o cámaras de eco” comenta Juan David.

[El video recibió más de 22 mil comentarios y 1.9 millones de vistas] Fotos: Captura de vídeo y comentarios / Instagram NC Quindío
Frente a este escenario surgen más dudas, ¿debe recaer toda la responsabilidad de las consecuencias en la figura pública que comparte el contenido? ¿Qué parte de la responsabilidad es propia del receptor del mensaje? Podríamos argumentar que si hablamos de derechos, también hay que hablar de deberes y que la audiencia también debería tener un grado de compromiso con la responsabilidad social. Es decir, que existiera una ética para los consumidores que les exija, por ejemplo, que verifiquen la información antes de reproducirla o que no amplifiquen discursos de odio. De ocurrir lo anterior, se balancearían un poco más las cargas entre emisor y receptor pero como propone la psiquiatra Maria Camila Vergara no todas las personas tienen un pensamiento crítico desarrollado y no “digieren” el contenido ni tienen sus propias convicciones formadas por lo que son propensas a dejarse influir por lo que ven y escuchan, especialmente si viene de personas de las cuales se consideran admiradores. Cómo plantea Name, antes una figura pública daba su opinión principalmente en entrevistas, en ruedas de prensa o en televisión mientras que ahora puede publicar lo que sea en segundos y llegar directamente a miles de personas.
“Como tienen tanta visibilidad, sus opiniones pueden influenciar mucho, incluso cuando no están bien informadas” sostiene.
Para la comunicadora social y periodista Alejandra Campo, uno debe aprender a discernir a qué perfiles acudir para informarse en materia de política, en otras palabras, a escoger con consciencia a quien escucha como fuente confiable y a quien no tanto. Aunque también enfatiza la importancia de exigirle a las figuras públicas que se informen correctamente antes de masificar sus mensajes y que estas mismas se pregunten “¿cómo lo que estoy diciendo influye al público que me sigue?” especialmente cuando las audiencias son menores de edad.
“Porque la juventud te está viendo, la juventud cree en ti, cree en lo que haces, cree en tu trabajo y por ende va a creer en lo que dices” asegura Campo.
El tema tiene más de una capa por desglosar, y a medida en que las abordamos continúa el nacimiento de nuevas cuestiones. Sería, por ejemplo, posible abrir un debate alterno sobre si se podría catalogar a los creadores de contenido digital como un medio de comunicación independiente pero con miras de aterrizar el presente reportaje se puede llegar a una conclusión parcial. La libertad de expresión política no desaparece cuando alguien se convierte en figura pública, pero sí adquiere un peso diferente: a mayor alcance, mayor responsabilidad sobre el efecto de lo que se dice. Un ciudadano que opina en su cuenta de 300 seguidores y un influencer con 5 millones no están ejerciendo el mismo acto, así tengan el mismo propósito inicial. No es que uno tenga menos derecho, sino que las consecuencias son cualitativamente distintas.
